Nuevo año, nuevos propósitos y nuevas medidas en la Ley de Seguridad Vial. El 2019 se ha estrenado con el propósito de reducir el número de accidentes en carretera a través de una serie de cambios enfocados a la mejora de la seguridad vial. Para ello, la DGT ha introducido una serie de modificaciones en los límites de velocidad genéricos establecidos.
El objetivo principal de esta campaña es, además de aumentar y mejorar la seguridad vial para poder evitar accidentes, concienciar a los ciudadanos de que reducir la velocidad implica reducir también la siniestralidad en caso de accidente. La velocidad inapropiada es la responsable del 20% de los accidentes de tráfico.
Estas nuevas medidas se basan, principalmente, en ajustar los límites de velocidad en carreteras convencionales con el objetivo de disminuir la accidentalidad y mortalidad ya que es en estas carreteras donde se producen 7 de cada 10 accidentes con víctimas, cada año mueren aproximadamente un millar de personas.
A partir del 29 de enero de 2019, los límites de velocidad en carreteras convencionales son de 100 km/h para motos y turismos si existe separación física entre los dos sentidos de circulación, de 90 km/h para motos y turismos en caso de que solo exista un único carril por sentido y sin desdoblar, de 80 km/h para autobuses, furgonetas y camiones.
En vías sin pavimentar, no se podrá circular a una velocidad superior a los 30 km/h, independientemente del vehículo que se posea. Los vehículos de tres ruedas y los cuatriciclos no podrán circular a más de 70 km/h en todas las vías en las que se les permita circular.
Los cambios de este límite de velocidad afectarán a unos 10.000 kilómetros de vías aproximadamente y pretenden reducir la diferencia de velocidad existente entre los vehículos de transporte de viajeros y mercancías respecto de los turismos.
Según algunos estudios, los vehículos que circulan a velocidades dispares de la media, como pueden ser los camiones en relación a los turismos, son más susceptibles de provocar un accidente.