Tener una casa en alquiler implica tener que cumplir con algunas obligaciones. Entre ellas está la de emitir un recibo de alquiler. No obstante, no vale con cualquier papel: es necesario que cuente con ciertas especificaciones.
Hay que tener en cuenta que el pago del alquiler por parte del inquilino puede hacerse de varias formas, según acuerden las partes en el contrato. Además, si éste no paga, existen mecanismos para que el propietario de la vivienda no quede desamparado en los meses en los que se produzca el impago.
¿Vas a poner un piso en alquiler? No pierdas detalle sobre cómo realizar los cobros y evitar sanciones de la Administración Pública.
Índice
¿Cómo emitir un recibo de alquiler?
La ley española de Arrendamientos Urbanos (LAU) en su artículo 17.4 es clara en cuanto a la obligatoriedad de emitir un recibo. La única excepción que admite es que se haya pactado un procedimiento diferente que acredite de forma efectiva el pago por parte del inquilino, como es el caso de la transferencia bancaria.
En el recibo se deben especificar de forma separada las cantidades a abonar según los diferentes conceptos. Es decir, por un lado debe aparecer la cantidad que responde a la renta propiamente dicha y, por otro, la cuantía referida a otros gastos que deba abonar el arrendatario como los suministros (agua, luz, etc.) o los gastos de comunidad.
En cuanto a los datos, el recibo debe reflejar: la identificación del arrendador y del arrendatario (nombre completo, DNI, dirección, etc.), así como de la vivienda alquilada, precio del alquiler y del resto de gastos (de forma separada) y fecha de emisión. Del mismo modo, es recomendable introducir un número de recibo que facilite el control de pago por ambas partes.
Los recibos deben presentarse por duplicado, con una copia para el inquilino y otra para el casero, ambas firmadas por este último.
La forma más cómoda de emitir un recibo de alquiler es electrónicamente. ¡Así no tendrás que enviar cartas o ni firmar constantemente documentos! De hecho, su uso en España es cada vez más popular.
? ¡Te interesa! Prepara tu vivienda de alquiler para el invierno
¿Cómo se puede cobrar un recibo de alquiler?
Existen diversas formas para que el inquilino pueda abonar un recibo de alquiler.
- Pago en metálico. Con esta opción no tendréis ningún tipo de relación con el banco para las transacciones. Sin embargo, supone algunos inconvenientes como, por ejemplo, citarse de forma presencial o desplazarse con una gran cantidad de dinero en efectivo.
¡Recuerda! La ley de Lucha contra el Fraude en España prohibiendo los pagos en metálico superiores a 2.500 euros. - Transferencia bancaria. El inquilino la puede efectuar directamente desde la web o la app del banco. Además, la propia transferencia sirve de justificante de pago y no es necesario pedir ningún recibo. No obstante, si no se tiene una cuenta sin comisiones de transferencia, esto supone un gasto añadido al precio del alquiler.
- Transferencia bancaria periódica. También existe esta posibilidad de pago desde cualquier entidad bancaria. Será necesario indicar la cuantía y que el inquilino disponga de tus datos bancarios como casero. Así el pago se hará el mismo día de cada mes y el inquilino solo tendrá que preocuparse de tener el dinero en la cuenta ese día. No obstante, si habéis acordado que el inquilino es quien se hace cargo de los gastos de suministros (como la luz, el agua, el gas, etc.), puede que esta opción no sea la mejor, ya que el valor fluctúa según el mes. En ese caso, como propietario, puedes adeudar el recibo al inquilino todos los meses, es decir, que haga una domiciliación bancaria como el resto de facturas.
? ¿Lo sabías? ¿Estás pensando en convertir tu casa en un alquiler vacacional?
¿Qué hacer en caso de impago?
Antes de tomar ninguna decisión, valora la situación. Si se trata de un inquilino responsable que ha cumplido puntualmente con el contrato, quizás sea un percance económico puntual. Te recomendamos que contactes con tu inquilino para ver si se trata de un impago transitorio o cómo podéis solventarlo conjuntamente.
1. Notificar al inquilino
En el caso de que el impago sea reiterado, puedes optar por enviar un burofax con certificado de texto y acuse de recibo a tu inquilino. Esta carta certificada permite indicar el plazo que estás dispuesto a esperar para que tu inquilino regularice sus pagos. Incluso le puedes proponer diferentes formas de liquidar su deuda. Esta opción puede ser muy útil, aunque la legislación española no obligue a enviar un burofax reclamando la deuda.
2. Pedir ayuda a la Justicia
Si no consigues llegar a un acuerdo con tu inquilino y esta situación de impago persiste, lo más recomendable es notificarlo ante la Justicia. No obstante, siempre es preferible contar con un seguro que te garantice la mensualidad y te evite llegar a estos extremos.
3. Contratar un seguro de vivienda en alquiler
Un seguro de alquiler puede hacer que nos sintamos más tranquilos a la hora de arrendar en caso de ser los propietarios de la vivienda. Por ejemplo, el seguro de vivienda en alquiler prevé una compensación económica hasta la cantidad y el periodo asegurados por el impago de alquiler.
Sin embargo, el impago no es lo único que cubre este seguro, ya que también protege frente a daños materiales y personales causados al inquilino, así como aquellos provocados de forma maliciosa por este. Además, proporciona al casero una asesoría en cuestiones jurídicas y permite gestionar las reclamaciones que pudiera tener el inquilino.
Asimismo, también es una línea de defensa ante posibles catástrofes, como es el caso de incendio, explosiones, impactos externos, daños eléctricos, escapes de agua, inundaciones o goteras, y de otros daños producidos por agentes externos como robo, vandalismo o roturas de cristales, entre muchos otros.
Si quieres alquilar tu vivienda y quieres que esté totalmente protegida, consulta los seguros de Hogar de GENERALI.
No importa si eres propietario o inquilino, queremos que tengas los mejores consejos sobre arrendamientos. Te recomendamos los siguientes artículos:
Comprar para alquilar: la guía definitiva
Prepara tu vivienda de alquiler para el invierno
Alquiler de pisos con mascota, ¿es posible?
Trucos de ahorro en calefacción para inquilinos y propietarios