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La DGT permite que los conductores con el carnet de coche B puedan conducir algunas motos. Ahora bien, esta normativa tiene algunas limitaciones: depende de la antigüedad del carnet y la cilindrada del ciclomotor. Te contamos qué motos se pueden conducir con el carnet de coche y algunas excepciones si te da pereza sacarte el carnet A2 de moto.

¿Qué motos se pueden conducir con el carnet de coche?

El Reglamento General de Conductores especifica que el carnet B de coche permite conducir motos de clase A1 con una cilindrada máxima de 125cc si tiene más de tres años de antigüedad.

Estas son las especificaciones para conducir vehículos de dos ruedas:

  • Más de 3 años de antigüedad del carnet de conducir de coche.
  • Motos de clase A1.
  • Cilindrada máxima de 125 centímetros cúbicos.
  • Potencia máxima de 11 kW (es decir, 14,96CV).
  • La relación de potencia/peso máxima debe ser de 0,1 kW/kg.

Nueva normativa DGT para motos de 125cc con carnet B

Ahora bien, cabe mencionar que el Ministerio del Interior anunció en enero del año 2024 la obligatoriedad de aprobar una prueba adicional como requisito para conducir motocicletas con el carnet B. Se trata, por lo tanto, de una condición que se añade a las mencionadas previamente.

Esta propuesta no es ni mucho menos novedosa. De hecho, países como Francia o Alemania ya exigen a los conductores que realicen un curso obligatorio de perfeccionamiento para poder circular sobre dos ruedas.  

¿Esta nueva normativa afecta a los actuales conductores de motos con carnet B?

No. El curso obligatorio de perfeccionamiento sólo se exigirá a los nuevos conductores que aprueben el carnet B tras la publicación de la normativa. 

¿Cuándo entrará en vigor la nueva normativa?

Todavía no se ha concretado una fecha, aunque se prevé que podría entrar en vigor a lo largo del año 2024.

¿Lo sabías?: Carril VAO, ¿Qué es y quiénes pueden circular por él?

Tipos de motos con carnet de coche

¿Te gustaría conducir un vehículo de dos ruedas? Estos son los tipos de motos con los que puedes circular con tu carnet de coche.

Scooters y triciclos de 125 cc

Se trata de vehículos ligeros y de conducción simple. Las scooters de 125 cc son muy populares en las grandes ciudades para realizar trayectos cortos. Esta categoría de motos con carnet de coche también incluye las scooters de tres ruedas de 125 cc.

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Motos de 125 cc

Podrás conducir cualquier modelo de moto que tengas en la cabeza, siempre y cuando no supere los 125 cc de cilindrada. En esta categoría se incluyen las deportivas, las trail, las naked o las custom. Por supuesto, están permitidas aquellas con marchas. 

Marcas de motos de 125 cc

Estos son algunos ejemplos de marcas de motos de 125 cc:

  • Vespa eléctrica.
  • Honda PCX 125.
  • Suzuki UH 125 BURGMAN.
  • Piaggio LIBERTY 125 RST.
  • Yamaha YZ125.
  • Peugeot TWEET 125.
  • NIU NQiGT S.
  • Qooder Oxygen.
  • WOW Model.
  • Benelli Tornado Naked T125.
  • KTM 125 SX.
  • Motorini Box 125.
  • Pulse Adrenaline 125.

Excepciones a la normativa

La normativa de circulación ha previsto algunas excepciones para aquellos conductores que quieran conducir motos con una cilindrada superior a los 125 cc. Estos son los dos modelos que están permitidos:

Motos de tres ruedas con carnet de coche de más de 125 cc

Los denominados triciclos están contemplados en la norma siempre y cuando sean de una categoría L5e y estén homologados. Se trata de unos vehículos de tres ruedas. Deberán tener un pedal de freno que actúa sobre el eje delantero y trasero, y los intermitentes deberán sobresalir de la carrocería.

Además, el ancho del vehículo no podrá superar los 460 milímetros. Son una alternativa muy interesante para personas que necesitan algo más de potencia para sus trayectos diarios y quieren optar por un vehículo con mayor estabilidad.

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Motos de cuatro ruedas de más de 125 cc

Los cuatriciclos de una cilindrada superior a 125 cc también se contemplan siempre y cuando estén homologados para conducirse con el carnet B. Será obligatorio llevar siempre un casco integral o modular, y guantes homologados.

Consejos de seguridad para circular en moto

Conducir una moto no es baladí. Los riesgos de lesiones graves son muy superiores cuando se circula sobre dos ruedas. Además, durante el 2023 los accidentes de motoristas en España se incrementaron un 19% respecto al año anterior.

Un dicho muy popular entre motoristas dice: “existen 2 tipos de motoristas, aquellos que se han caído de la moto y los que todavía no lo han hecho”. Aunque la realidad probablemente no es tan pesimista, lo cierto es que debes tomar una serie de precauciones antes de conducir una moto:

  • Evita conducir durante los días lluviosos. El agua del asfalto podría provocar que te caigas.
  • Respeta siempre la distancia de seguridad.
  • Presta especial atención a tu entorno.
  • Viste con un equipo de protección homologado. Lleva siempre casco, guantes, botines y una buena chaqueta.

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Preguntas frecuentes

¿Se puede conducir una moto de 600cc con el carnet B?

No, el carnet de coche B no permite conducir una moto de 600 centímetros cúbicos.

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¿Con carnet de coche se puede conducir una moto de 125cc?

El carnet de coche B permite conducir una moto de 125 siempre y cuando no supere esa cilindrada, y el conductor cuente con una antigüedad de 3 años.

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¿Qué puedo conducir con el carnet B?

El carnet B permite conducir vehículos de cuatro ruedas que no superen los 3.500 kg, y motos no superiores a 125 cc si el conductor tiene una antigüedad de 3 años.

¿Se puede conducir una moto de 125cc con carnet B de 2 años?

No. La antigüedad mínima para las motos con carnet de coche de 125 cc debe ser de 3 años.

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