Tras haberse dado el capricho de comprar una pequeña embarcación de recreo, y con todo el papeleo (título de navegación, seguros, permisos, etcétera) realizado, Tomás se sentía radiante en su primer día de vacaciones, tanto que no pudo esperar más para salir a navegar y disfrutar de la experiencia.
Salió del puerto y, embriagado por una creciente sensación de libertad, no le bastó con bordear la costa y se dirigió a mar abierto sin dudarlo ni un instante. Se alejaba más y más millas de tierra firme, mientras se sentía Simbad el Marino en su pequeña aventura… hasta que un barco de la guardia civil se acercó rápidamente a para darle el alto.
-¿Sabe que está a sólo media milla de salir de la zona autorizada? -le instó uno de los oficiales a través del megáfono-. “Estaba a punto de entrar en alta mar. No se aleje más de la costa y regrese, por favor”.
El aviso llegó justo a tiempo, pues la situación pudo resultar mucho peor. No sólo por la infracción que habría cometido saliendo de la zona autorizada para su embarcación, sino por el peligro que podría haberse causado en caso de que algún barco grande se hubiera topado en su camino, que el combustible se hubiera agotado o que se hubiera metido en una zona de fuerte oleaje o peligrosas corrientes marinas.
En resumen, una imprudencia a la que le llevó la ilusión del primer día y de la que aprendió en futuras navegaciones, en las que siguió disfrutando de la sensación de navegar sin salir del espacio permitido para su tipo de barco.
¿Qué es la zona de navegación?
Después de poner un ejemplo práctico, vamos con la definición, para saber en qué consiste la zona de navegación, qué es la zona de navegación. Podríamos definirla como la porción de agua por la que un tipo determinado de barco puede moverse, que en la mayoría de los casos se determina por la distancia máxima de la costa a la que puede alejarse cada nave.
¿Cuáles son las zonas de navegación?
La ley española establece desde 2006 siete zonas marítimas, en función de las características de cada embarcación y de los equipos de seguridad con los que cuenta. Son estas:
- Zona 1: navegación ilimitada. Poco más que explicar.
- Zona 2: hasta un máximo de 60 millas desde la costa.
- Zona 3: hasta 25 millas de la costa.
- Zona 4: hasta 12 millas de la costa.
- Zona 5: hasta 5 millas desde una playa accesible o zona de abrigo.
- Zona 6: hasta 2 millas desde una playa accesible o zona de abrigo.
- Zona 7: limitada únicamente a las aguas costeras protegidas, como puertos o bahías.
¿Hasta dónde puede llegar una embarcación de recreo?
En lo que respecta a este tipo de naves, ¿cuál es la zona de navegación para las embarcaciones de recreo? O, dicho de otra manera, ¿a qué distancia puede alejarse de la costa una embarcación de recreo?
Este tipo de embarcaciones únicamente pueden llegar hasta la zona 4, la que marca una distancia de 12 millas hasta la costa. Es decir, las aguas costeras (zonas 4, 3 y 2) y también las aguas protegidas (zona 1). Pero no todo el que tenga una nave de esta clase podrá alejarse tanto, pues dependerá del título náutico del que disponga la persona responsable de pilotar cada barco.
Títulos náuticos y zonas de navegación
Existen tres titulaciones que permiten pilotar las embarcaciones de recreo. Dependiendo de cuál posea cada persona ésta podrá navegar por un área u otra. Si os preguntáis hasta donde puedo llegar con mi embarcación de recreo, la respuesta depende de qué título hayáis tramitado.
El título que permite acceder a un área más amplia de navegación es el de patrón de embarcaciones de recreo, que sirve para recorrer las zonas 4, 5, 6 y 7 y que ofrece la posibilidad de alejarse hasta 12 millas de tierra; el de patrón de navegación básica sirve para recorrer las zonas 5, 6 y 7, por lo que quien lo tenga podrá navegar hasta cinco millas desde una zona de abrigo o playa accesible; por último, quien tenga la licencia de navegación sólo podrá ir con su nave por las zonas 6 y 7, con un límite de dos millas partiendo de cualquier playa accesible o zona de abrigo.
Navegar en alta mar
Con esto ya sabéis si las embarcaciones de recreo pueden llegar a alta mar (es decir, las zonas de navegación 2 y 3) o no. La ley establece que no lo tengan permitido, y mucho menos que pueden alcanzar la zona oceánica, la 1. Sólo quienes tengan el título de patrón de yate podrán manejar un barco en alta mar, y únicamente los que posean el de capitán de yate estarán habilitados para pilotar una embarcación por cualquier zona.