Aunque lo más importante es cómo tratamos a las personas cercanas a lo largo de nuestra vida y el recuerdo y las enseñanzas que nos dejan, es cierto que después de la muerte de un ser querido cualquiera siente como necesario honrar su memoria mediante una ceremonia de despedida. Cada cual en función de sus creencias, su punto de vista y sus posibilidades económicas, y sobre todo teniendo en cuenta de qué manera le habría gustado a la persona difunta que se hubiese oficiado su adiós. En este artículo abordaremos el tema de los costes del servicio fúnebre, y en concreto del capital adicional complementario para gastos de sepelio que ofrecen los seguros de decesos de las compañías.
Ninguna despedida resulta agradable, y menos todavía siendo de no retorno. Pero dentro de la tristeza supone un consuelo para los familiares y amigos saber que se ha dicho adiós a alguien como se merece, independientemente de la manera de llevarlo a cabo, el dinero que cueste, el material que se emplee para alojar los restos fúnebres o las ceremonias de recuerdo que se realicen.
Apostar por un servicio fúnebre sencillo y modesto es tan respetable como decidir gastar dinero en algo más complejo y rico; cada familia tendrá su punto de vista y su situación particular, y cualquiera de las decisiones es respetable. Pero no podemos obviar que el fallecimiento de una persona conlleva de cualquier manera un gasto importante.
En primer lugar debido al alto coste del féretro, el nicho y la lápida, o el de la urna en el caso de que se opte por la incineración; en segundo lugar por el servicio de tanatorio; en tercer lugar por el pago en floristería y en recordatorios, entre los que se pueden incluir las -cada vez menos frecuentes, eso sí- esquelas en los periódicos; en cuarto lugar por el precio de las tasas y los diferentes certificados obligatorios que deberemos llevar a cabo… Las estadísticas sitúan que el coste total en España se sitúa en torno a los 3.500 euros, aunque baila mucho en función de la provincia en la que se realicen los actos fúnebres.
Y todo ello siempre que ocurra en la localidad de residencia o en España, si la cosa sucede en el extranjero podemos multiplicar por 3 ese gasto.
La principal garantía de los seguros de decesos
El seguro de decesos, además de ofrecer numerosos servicios más, de los que ya estaréis probablemente al tanto, se encarga de ofrecer un solución económica en estas situaciones tan complicadas a través de su principal garantía: la de gestión y gastos del sepelio. Mediante ella, la compañía de seguros garantiza, siempre con el límite máximo del capital asegurado, la prestación del servicio fúnebre -bien por sus propios medios o a través de empresas o profesionales contratados a tal efecto-.
Pero quizás los allegados del difunto quieran ir más allá y añadir detalles, materiales y servicios a la ceremonia básica contratada, teniéndose en cuenta que los servicios fúnebres cada vez ofrecen un ramillete más amplio de opciones que ayudan de esta manera a personalizar los ritos. Desde poder contar con música en directo durante el velatorio a elegir la decoración de la sala, pasando por la confección de un discurso de despedida o la realización de detalles especiales. Decisiones que generalmente conllevan la contratación de profesionales de diversos sectores que asesoren, organicen, trabajen y ayuden en lo que haga falta.
Más allá de eso, los familiares pueden también optar por un incremento en el coste de los materiales, como los nichos, las lápidas, las urnas y los féretros, o decidir emplear más dinero en su ornamentación.
Pero claro, ese tipo de servicios adicionales suele conllevar un elevado desembolso económico. En ese caso puede venirnos bien, como clientes de un seguro de decesos, contratar la garantía complementaria de capital adicional para gastos de sepelio, que algunas compañías ofrecen tanto en las pólizas individuales como en las colectivas.
Características del capital adicional para gastos de sepelio
En primer lugar, señalar que el capital adicional para gastos de sepelio es una garantía complementaria a la de gestión de gastos del servicio fúnebre, y no sustitutiva. Mediante esta cobertura el capital que se decida contratar se añade al especificado en la garantía básica, con el objetivo de destinarlo a atender a un mayor coste de las ceremonias fúnebres, bien por la inclusión de nuevos servicios o por la ampliación de cualquiera de los conceptos.
En cuanto a las modalidades de pago, generalmente la aseguradora por la que hayamos apostado nos dará a elegir entre tres de ellas: la nivelada, que permanece invariable con respecto al capital que se haya acordado; la mixta, que dependerá no sólo de este concepto sino de la edad actuarial del asegurado (que es la que el cliente tendrá en su cumpleaños más próximo a la fecha de efecto de la póliza); y la modalidad a prima única, gracias a la cual el asegurado paga a tocateja -también en función del capital y la edad actuarial- y de este modo se libera de satisfacer nuevas cantidades a su compañía durante la duración del contrato.
Como siempre es importante consultar e informarse antes de decirse a incluir esta garantía, y para eso la compañía pondrá a nuestra disposición a sus agente y corredores o las propias oficinas de la misma.