No es raro imaginar -e incluso es posible que hayamos pasado por esa experiencia- que nuestro coche se quede parado en medio de la carretera por cualquier avería o deba permanecer inmovilizado a causa de un accidente, necesitando de los servicios de una grúa que lo transporte a un taller. Un servicio que se ha convertido en una de las coberturas principales de los seguros de auto.
Ahora, con un poco de imaginación, cambiemos el escenario: nuestro automóvil se convierte en una embarcación de recreo y el asfalto pasa a ser mar. ¿Qué sucedería en la misma circunstancia? ¿Nuestro seguro náutico o de embarcación podría encargarse de este tipo de situaciones?
La respuesta es afirmativa, pero con varios matices; uno de los principales, que la aseguradora no ofrecería este servicio directamente al dueño del barco, pero sí que podría hacerse cargo del coste que la operación conllevase. Nuestra grúa marina (un barco de remolque) procedería del Servicio de Seguridad de Salvamento y Seguridad Marítima, que realizaría esa necesaria labor mientras nuestra compañía de seguros nos cubre. Así funciona a grandes rasgos la cobertura de remolque marítimo, pero profundicemos más en esta garantía.
¿En qué consiste la cobertura de remolque marítimo?
Es una cobertura opcional de entre las que puede ofrecer un seguro náutico, englobada dentro de las garantías de riesgo total y abandono y perteneciente al sector de salvamento y asistencia marítima. Conviene contratarla como complemento del seguro obligatorio de embarcaciones de recreo, que se hace cargo de los daños a terceros, los gastos de defensa del asegurado y la reclamación de daños, pero en cambio no se ocupa de este tipo de situaciones.
La cobertura que protagoniza nuestro post garantiza el coste razonable -en cristiano, que no sea desproporcionado- de las operaciones de remolque en la embarcación asegurada. De esta manera puede servir, en el peor de los casos, para salvar la nave de su desaparición o destrucción y, en los supuestos de menos gravedad, para minimizar las consecuencias hasta el límite por siniestro y anualidad que se haya establecido en las condiciones del contrato.
Al tratarse de un trabajo que no realizan directamente las aseguradoras es más importante que nunca conservar la documentación pertinente (en esencia, la factura o facturas del servicio que se nos ha prestado) para enviársela a nuestra compañía o al perito encargado de la valoración del caso.
Tener a nuestra disposición las opciones de contacto con el Servicio de Seguridad de Salvamento y Seguridad Marítima es muy sencillo. De cualquier manera, os facilitamos la labor. Dispondréis de múltiples opciones para comunicaros con ellos, tanto por teléfono o fax (91 755 91 00/902 202 202) como por email (informacion@sasemar.es), presencialmente o por carta (Fruela, 3; 28011 Madrid). Su canal de radiocomunicación marítima es el canal 16 de VHF.
Hay que dejar muy claro que sólo las empresas autorizadas pueden prestar el servicio de remolque, por lo que nuestra opción de ser rescatados pasa inevitablemente por estas y no por otro tipo de medios, como el barco de un amigo o un pesquero que pase por el lugar del accidente. Por eso las aseguradoras establecen convenios con respecto al remolque sólo con los servicios de rescate autorizados para ello.
¿Cuál es, entonces, la razón esencial para suscribir esta garantía? Evitar un desembolso realmente importante de dinero en el caso de que nuestra nave necesite ser remolcada a causa de un accidente. Los equipos de salvamento pueden pasar la factura del rescate al propietario del barco a posteriori, y obviamente no resulta una operación económica. Así que disponer de esta cobertura podría llevarnos a ahorrar mucho dinero si se diese esta circunstancia.
Salvamento Marítimo
Para finalizar, conozcamos pues un poco más sobre Salvamento Marítimo, organismo que depende del Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana y que integran los profesionales del rescate y la ayuda de las costas españolas. Esta entidad se dedica, con un horario ininterrumpido, a atender las llamadas de auxilio de todo tipo de embarcaciones; y las cifras demuestran que tiene bastante trabajo: se estima que aproximadamente la mitad de las 4.000 operaciones que realiza al año tienen que ver con la asistencia a naves de recreo que se encuentran en apuros.
Por supuesto, en la que debe ser siempre la prioridad, la ayuda directa a las personas y el salvamento de vidas humanas, su actuación es siempre gratuita. En el caso del remolque aplica una tarifa fijada mediante una orden ministerial, que se establece en función de criterios como la distancia a recorrer, el tipo de embarcación a la que se asiste y los medios técnicos que se emplean durante cada operación.
En definitiva, como hemos podido comprobar la garantía de remolque marítimo resulta muy útil no sólo en el caso de que se disponga de una nave en propiedad, sino incluso si se disfruta de una embarcación de recreo en régimen de alquiler. Al ser de contratación opcional, la decisión de suscribirla queda únicamente en manos del interesado.