Al comprar una casa… ¿es obligatorio el seguro del hogar con la hipoteca? ¿Y qué sucede con el alquiler? Os contamos lo que dice la ley hipotecaria al respecto y las consecuencias de no tener seguro de hogar. Además os informamos de las coberturas básicas de un producto del ramo. ¡Vamos allá!
¿Es obligatorio el seguro de hogar?
Contestamos pronto a la gran cuestión: ¿es obligatorio el seguro de hogar? ¿Es obligatoria la contratación de un seguro de hogar en España? La respuesta es no, lo que no quiere decir que no sea recomendable.
La ley en nuestro país no obliga a la contratación de una póliza de ese ramo, pese a lo cual las estadísticas indican que aproximadamente tres de cada cuatro casas en España cuentan con un seguro de vivienda que las protege. Unespa, en su Memoria Social del Seguro de 2014, apuntaba a que el 75,8% de los hogares están asegurados.
¿Es obligatorio tener seguro con la hipoteca?
En el caso de que la vivienda esté hipotecada, en cambio, es obligatorio tener seguro de hogar. Según la ley, los bienes sobre los que se constituya la garantía hipotecaria deben contar con una póliza de daños que pueda cubrir como mínimo los derivados de un incendio.
Otra posible situación es tener la fortuna de haber pagado ya el precio de nuestra vivienda, en caso de que hayamos podido abonarlo al contado o que hayamos acabado de pagar nuestra hipoteca. Realmente no cambia nada en materia de obligación aseguradora, puesto que en este tipo de casos tampoco existe la obligación de contratar un seguro de hogar.
¿Y qué sucede con el alquiler?
En cuanto a la práctica del alquiler -complicada como dijimos antes por la enorme subida de los precios experimentada en los últimos tiempos- hay que decir que tampoco es obligatoria la contratación de un seguro de hogar al entrar a una vivienda como inquilino.
Sin embargo eso no exime, ni mucho menos, a la persona que entra en la casa de ser responsable ante el propietario de los daños que pueda causar al inmueble, especialmente en los casos en los que el desperfecto se haya producido a causa de un comportamiento negligente. Eso puede derivar en un problema entre arrendatario y arrendador, problema que la contratación previa de una póliza (suscrita por cualquiera de las dos partes) puede minimizar y solucionar con mayor facilidad.
En este caso, por lo tanto, sucede lo mismo que en las situaciones de compra: contratar un seguro de alquiler de vivienda adecuado no es obligatorio, pero sí una práctica recomendable.
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Ley hipotecaria y el seguro del hogar obligatorio
Es obligatorio el seguro de hogar en una hipoteca. Resulta necesario para aquellas viviendas hipotecadas cuyo titular es el banco, ya que la reforma de la ley del mercado hipotecario exige que exista un seguro que cubra los daños que puedan ocasionarse en el inmueble.
El Real Decreto 716/2009 establece en su artículo 10 la obligación de asegurar la casa en caso de que esta cuente con una hipoteca, al menos contra los daños derivados de un posible incendio. Es decir, por lo menos hay que suscribir un seguro de hogar que incluya la cobertura de protección básica.
La Directiva Europea de hipotecas y el seguro del hogar
Por otro lado, aunque como hemos visto es obligatorio tener seguro de hogar con hipoteca, debemos poneros al día (si no lo estáis) de un importante cambio legislativo propiciado por la primera Directiva Europea de Hipotecas, que fue aprobada por el Parlamento Europeo hace escasamente un lustro, en el año 2013.
La legislación prohíbe desde entonces la vinculación de los seguros a la concesión de un préstamo hipotecario. Dicho en cristiano: la ley ya no obliga a contratar un seguro de hogar con el banco con el que hayamos firmado la hipoteca como sucedía antes. Por lo tanto, el cliente ahora mismo es libre para sellar un acuerdo hipotecario con un banco y suscribir un seguro de hogar con otra entidad diferente de la aseguradora que proponga el banco. En definitiva, banco y seguro pueden ir de la mano, pero ya no deben.
¿Qué pasa si mi casa no tiene seguro de hogar?
El seguro de hogar obligatorio no es salvo en los casos antes citados, así que en nuestra libertad estará por tanto el contar o no con una póliza del ramo. Eso sí, no cabe duda de que es una práctica recomendable ante la posibilidad de que se pueda producir algún incidente de consideración que nos afecte no sólo a nosotros, sino a nuestros vecinos.
A saber: la rotura de una cañería que provoque una inundación, la posibilidad de un robo en nuestro domicilio, una pequeña explosión de un electrodoméstico que cause un incendio… Como siempre, los seguros ofrecen tranquilidad al tomador, sabiendo que estará cubierto ante cualquier posible imprevisto.
La práctica aconseja contratar un seguro de esta clase, lo que nos ayudará a tener la tranquilidad de saber que cualquier siniestro que pueda suceder -especialmente si hemos suscrito un producto con una gama amplia de coberturas- no supondrá un problema para la economía familiar, un quebradero de cabeza o una importante pérdida de tiempo en la realización de gestiones.
Coberturas básicas del seguro del hogar obligatorio
La legislación indica que el seguro de hogar obligatorio debe proteger al menos contra los daños derivados de incendio. Pero un seguro competitivo, como cualquiera de los que dispone Generali, debe integrar, incluso dentro de su cobertura básica, numerosas garantías más: fenómenos meteorológicos, daños por agua, roturas, robo en la vivienda y vandalismo, demolición y salvamento… Eso por no hablar de las decenas de coberturas de contratación opcional que se encuentran a disposición del cliente tanto en el seguro Express Hogar como especialmente en el producto Hogar.👉Descubre: Cómo evitar robos en casa en verano