Para qué sirve la cobertura de repatriación en los seguros de decesos

Para qué sirve la cobertura de repatriación en los seguros de decesos

Para volver al lugar de origencuando llegue la hora del fallecimiento es necesario un servicio de repatriación. La cobertura de repatriación se ha convertido en una de las principales que puede ofrecer un seguro de decesos. Conozcamos para qué sirve y toda la información sobre esta garantía tan necesaria en un producto del ramo.

A lo largo de la vida cada uno es y se siente de un lugar (o de varios), bien por nacimiento, por ser el entorno en el que están sus raíces o en el que las ha echado, por la cantidad o calidad del tiempo allí pasado, por las experiencias vividas o por los lazos de cualquier tipo que le hayan unido a ese espacio en la tierra. Quizás, cuando se acerca la hora de dejar este mundo, casi todos saben ese lugar en el que quieren descansar -ya que no queda otra- y ya lo han manifestado a sus allegados con anterioridad. O quizás no, sobre todo teniendo en cuenta que algunas de las muertes resultan repentinas e inesperadas, y los cercanos al fallecido se ven en la obligación de adoptar una decisión de acuerdo, principalmente, a lo que su ser querido hubiera deseado.

El caso es que el lugar en el que las personas fallecen no siempre tiene que corresponder con aquél en el que eligen ser incineradas o enterradas. A veces, ni siquiera se encuentra en su mismo país. Cuántos han debido alejarse de su tierra y labrarse una vida fuera por cualquier motivo pero, independientemente de su adaptación a su lugar de acogida, se han pasado la vida entera con una profunda sensación de añoranza. Su voluntad suele ser regresar algún día, y si no puede ser en vida al menos pretenden descansar en su tierra de origen.

Una situación muy común tanto en lo que respecta a españoles que residen en el extranjero como a las personas de otros países que habitan en el nuestro. Y también incluso dentro de España, en el caso de gente que habita lejos del lugar al que siente que está más apegada o en el que reside la mayor parte de sus amigos y familiares. Hablamos, cerrando el foco únicamente en nuestro país, de millones de personas en este caso.

 

Cobertura de Repatriación para clientes españoles

 

Para explicar mejor este servicio dividamos a los clientes en dos grandes grupos, que dan lugar a dos escenarios diferentes. Por una parte los españoles que contratan un seguro de decesos pueden contar con una garantía de repatriación dentro de la cobertura de asistencia por fallecimiento, que incluirá los traslados internacionales, y ofrecerá la posibilidad de elegir el lugar en el que se realice la ceremonia fúnebre. De esta manera, cuando se produce el fallecimiento de una persona la aseguradora organiza y se hace cargo del traslado del cuerpo hasta el lugar que designen los herederos legales. La compañía de seguros también es -o debería ser, por lo menos- la encargada de realizar los trámites administrativos pertinentes, así como hacerse cargo de otros tipos de gastos como pueden ser los de embalsamamiento. El coste de otros servicios, como la inhumación, el entierro o la ceremonia fúnebre, correría también a cargo de la aseguradora, aunque pertenecería ya a la cobertura de gestión y gastos de sepelio.

 

Cobertura de Repatriación para clientes extranjeros

 

Por otro lado, en el caso de los numerosos extranjeros que residen en España, para disponer de los beneficios de esta cobertura deberían contratar, integrada en su seguro de decesos, la garantía de repatriación. Merced a ella en caso de fallecimiento la compañía de seguros también se hace cargo de organizar y gestionar el traslado, en este caso hasta el aeropuerto más cercano al lugar de inhumación en el país de origen del asegurado fallecido. Dependiendo del caso (y, claro está, de las condiciones particulares de cada contrato) la empresa aseguradora  también podría hacerse cargo del coste del traslado desde el aeródromo hasta el lugar en el que se realizasen los actos fúnebres. Al igual que en el caso anterior, tanto los gastos de embalsamamiento como el papeleo administrativo – incluyendo aduanas y tramitación- estarían incluidos dentro de esta amplia garantía.

Además, con el fin de ofrecer un mejor servicio algunas aseguradoras disponen de un completo servicio de información e incluyen en esta garantía la asunción del coste económico del viaje de una persona –la que haya sido designada por los herederos legales de su cliente-con el fin de acompañar el cadáver durante su repatriación, independientemente de que se trate de un viaje de ida y vuelta.

¿Y las exclusiones?

 

Respecto a la repatriación las exclusiones habituales atañen principalmente a los traslados para los que no se hubiera obtenido la correspondiente autorización o que no se hubieran comunicado previamente a la compañía de seguros, así como a los casos en los que la muerte de la persona asegurada se haya producido en un país o territorio en estado de guerra, de insurrección o en medio de cualquier conflicto bélico. Como es lógico, la aseguradora tampoco aceptará hacerse cargo de un traslado desde España a una zona inmersa en esa peligrosa situación.