Laura y Miguel solían desconectar de su trabajo estresante todos los agostos en un tranquilo pueblo costero de Almería.
Habían comprado un pequeño barco y, como aficionados al mar que eran, disfrutaban en verano de actividades como la natación, el submarinismo, la pesca o la navegación.
Tanto el pueblo como el puerto eran muy tranquilos, y parecían un lugar totalmente seguro en el que nada podía suceder…. Hasta que sucedió.
Robo de contenido en el interior del barco: caso práctico
Tras muchos veranos de disfrutar, este agosto les tocó vivir una mala experiencia que les amargó en parte el verano de 2021. Por fortuna, la pareja había suscrito un buen seguro de embarcaciones de recreo que les ofreció la respuesta que necesitaban en un momento complicado.
Pero no adelantemos acontecimientos.
Sucedió a primeros de agosto, al inicio de las vacaciones de los protagonistas de nuestro post. Una mañana les avisó un vecino, informándoles de que dando un paso por el puerto se había dado cuenta de que la puerta del camarote de su barco estaba abierta y la cerradura rota.
Acudieron inmediatamente, temiéndose lo peor, y al ver lo sucedido se pusieron en contacto al instante con la guardia civil para realizar la denuncia pertinente.
Por fortuna la embarcación estaba prácticamente intacta a excepción de la cerradura de la puerta del camarote, que había sido reventada a golpes. Pero lo más grave había sucedido en el interior: los ladrones se habían llevado los objetos de más valor que se encontraban en el interior del yate: una cámara de video, ropa, un par de equipos de submarinismo y varios aparejos de pesca.
Un panorama difícil que se resolvió con relativa facilidad, pese al disgusto, gracias a contar con un completo seguro que no sólo era capaz de responder ante un daño a la embarcación, sino a una situación como esta en la que se habían robado pertenencias de valor en su interior.
Garantía de cobertura de efectos personales, la clave del seguro contra robos
Concretamente, la garantía que les dio una respuesta satisfactoria y solventó el problema fue la cobertura de efectos personales, que ofrecía cobijo bajo su amplio paraguas a gran parte del continente de una embarcación de recreo:
- Equipos musicales y de televisión, vídeo y fotografía
- Ropa y objetos personales
- Aparejos y equipos de pesca, esquí náutico o acuático y submarinismo
- Bicicletas en el caso de que las hubiera.
Como el material sustraído se encontraba dentro de estas categorías, la aseguradora se hizo cargo de indemnizar a su cliente (en este caso Laura, que era la tomadora del seguro) por el material robado.
Por fortuna el valor del conjunto de lo desaparecido no alcanzaba el límite indicado en el contrato de seguro, que establecía que no podía superarse el 5%-10% del valor de la embarcación asegurada.
Como es lógico, la compañía de seguros había acordado unos límites razonables con el cliente, que satisfacían a ambas partes y que sirvieron para resolver de la mejor manera el problema causado por ese robo imprevisto.
El seguro habría respondido de igual manera en caso de que el robo producido se hubiera quedado en una tentativa, e incluso en otros supuestos como el de pérdida total (derivada de la pérdida de la embarcación asegurada) o el de daños a consecuencia directa de una avería particular en la nave.
Situaciones que no cubriría el robo dentro del barco
Esta resolución satisfactoria habría sido diferente en el caso de que los afectados no hubieran comunicado el robo con prontitud a las autoridades, pues la compañía de seguros precisa de una denuncia en firme como comprobante del delito.
O también en otros casos, como el de hurto (entendido como la sustracción de bienes ajenos sin intimidación, fuerza ni violencia sobre las personas o las cosas).
Si se hubiera demostrado que el robo se produjo facilitado por una acción negligente del asegurado -imaginemos, por ejemplo, que se hubiera dejado la puerta abierta del camarote del barco- difícilmente la cobertura de efectos personales les hubiera amparado, al igual que si hubiera estado implicado en los hechos algún familiar de la persona asegurada; y ni qué decir tiene si se hubiera demostrado que el tomador del seguro hubiera obrado con mala fe -por ejemplo, fingiendo un robo inexistente-.
En este último caso la no indemnización por parte de la aseguradora habría sido el menor de sus problemas, pues habría podido incidir incluso en un delito.
Pero eso no fue lo que sucedió.
Con la indemnización de la compañía de seguros los protagonistas de nuestra historia repusieron todo el material robado, y de paso decidieron comprar una cerradura más resistente para reducir la posibilidad de vivir de nuevo una situación desagradable. Ya sólo les quedaba olvidar la mala experiencia y volver a disfrutar de sus merecidas vacaciones.
En caso de siniestro, también puede resultarte útil nuestro artículos sobre cómo es la tasación de daños en las embarcaciones de recreo.