El buen funcionamiento interno de toda empresa se basa en el beneficio recíproco de las personas que la componen.
Por un lado, la responsabilidad de todo trabajador se resume en ser profesional en el desarrollo de sus competencias, realizar su labor de la mejor manera posible y convertirse en un elemento productivo indispensable para su empresa, en resumen, mantener en todo momento un alto nivel de compromiso profesional con la misma.
Pero también todo empresario debe procurar al trabajador unas condiciones de trabajo que le permitan el correcto desarrollo personal y de su actividad profesional, un reconocimiento de la labor que él mismo desarrolla, que se concretaría principalmente en una remuneración adecuada a la labor que la persona desarrolla, y el establecimiento de unos beneficios sociales que mitiguen las posibles situaciones en las que las necesidades económicas de los trabajadores se vean incrementadas o los ingresos sufran una merma notable. Esto ayudaría a mantener un alto nivel de implicación y motivación del trabajador en el desempeño de su profesión.
El sector asegurador ofrece a los responsables de las empresas un amplio abanico de productos enfocados a la previsión social complementaria, que les pueden ayudar a establecer programas de implantación de beneficios sociales, que tienen como resultado una mayor fidelización de los trabajadores y que los mismos sientan el reconocimiento por parte de la empresa de la labor que desarrollan.
Los seguros colectivos de empresa contribuyen decisivamente a la mejora de factores esenciales para el personal, como la tranquilidad económica, el cuidado de la salud y la estabilidad emocional, lo que redunda en una mayor motivación profesional y en un mejor rendimiento laboral.
Hay tantos seguros colectivos de empresa que en esta ocasión vamos a tratar solo los seguros de Vida Ahorro y los Planes de Pensiones de Empleo.
Ambos productos tienen prácticamente la misma finalidad, si bien difieren en cuanto a la operativa en la gestión y la fiscalidad aplicable a los mismos.
Al llegar la jubilación, la pensión percibida de la Seguridad Social implica una notable disminución de los ingresos y una pérdida de poder adquisitivo, de forma que es más complicado mantener el mismo nivel una vez finalizada la etapa laboral. Esto quiere decir que las pensiones públicas resultan insuficientes para la mayoría de los empleados.
Los seguros de Vida Ahorro y los Planes de Pensiones de Empleo son productos de supervivencia, basados en el ahorro, y su finalidad es que el trabajador cuente con un capital en el momento de su jubilación o en caso de que lo necesite como consecuencia del acaecimiento de un imprevisto o una situación que le obligue a ello, siempre que esté previsto en la normativa aplicable para estas modalidades de seguro. En definitiva, este capital tiene el objetivo básico de complementar las prestaciones del sistema de Seguridad Social.
Aparte de los instrumentos de ahorro colectivo que hemos enunciado, dentro de los sistemas de previsión social colectiva, y como complemento de los anteriores, también nos podemos encontrar con los denominados Seguros Colectivos sobre la Vida. Estos sirven principalmente para cubrir el riesgo de fallecimiento y ofrecer un capital a los beneficiarios del mismo en este supuesto, aunque puede constar de numerosas coberturas adicionales.
En los seguros de empresa, como es lógico, el contratante es el empresario, mientras que los que disfrutan de las garantías contratadas son los trabajadores y sus respectivas familias. En cuanto a la obligatoriedad o no de la contratación de este tipo de seguros por parte de las empresas, cabe destacar que en una gran mayoría de los casos estos son contratación obligatoria, puesto que la misma se contempla en los Convenios Colectivos, Reglamentos de Empresa e incluso en acuerdos entre la empresa y el propio trabajador.
Asimismo, al igual que sucede con los seguros colectivos de salud, algunas empresas se deciden a contratar productos de vida y pensiones sin estar obligadas a ello. Es una manera, como indicamos al abrir el post, de ayudar a que el empleado disponga de un entorno laboral más favorable y de esa manera contribuir a su motivación profesional y a su fidelización con respecto a la firma que le retribuye.
Otros tipos de seguros de vida y pensiones adicionales a los colectivos
Aparte de la gran variedad de seguros colectivos que cubren las obligaciones de exteriorización de los compromisos por pensiones de las empresas con sus trabajadores, el mercado asegurador ofrece Seguros de Ahorro Individual.
Estos seguros no sustituyen a los anteriormente indicados, sino que lo que hacen es complementar a los mismos, constituyendo de manera conjunta unos capitales superiores, para paliar con mayores garantías y seguridad la posible merma económica y pérdida de poder adquisitivo que pudiera producirse con motivo de la jubilación del Asegurado o del acaecimiento de alguna de las contingencia cubiertas en el contrato.
Entre estos Seguros de Ahorro Individual destacan los denominados Seguros de Jubilación, Planes de Pensiones Individuales, Planes de Ahorro Asegurados, PIAS …
Los seguros destinados a complementar la jubilación pueden cobrarse en forma de un único capital, pero también se da la posibilidad de fraccionar la percepción del mismo. Gracias a ello, en lugar de obtener el dinero en un solo pago, los jubilados reciben una renta periódica (mensual, bimestral, trimestral…) que complementa la pensión de la Seguridad Social, obteniendo de ese modo unos ingresos periódicos suficientes para vivir con tranquilidad. Este tipo de seguros son las pólizas de rentas.
Pero no siempre ese escenario es tan idílico, y en ocasiones las circunstancias de cada negocio y los intereses empresariales obligan a los responsables a despedir a parte de su personal. Para ayudar en este tipo de situaciones difíciles están las prejubilaciones, pólizas que atienden a las necesidades tanto de los empresarios como de los trabajadores afectados, que obtienen gracias a ellas un respaldo en ese momento complicado.