Seguramente hay algunas situaciones de riesgo que tienes muy asumidas.
¿Qué son y que cubren los seguros de accidentes y de vida?
Y que para cada una de ellas hay una solución. Pero ¿sabrías qué te cubre un seguro de accidentes? ¿En qué se diferencia de un seguro de vida?
Tener contratados cierto tipo de seguros suele ser casi por lógica. Como el seguro de salud o el seguro del hogar. Algunos otros incluso por ley como el seguro obligatorio del coche o el de ciertas razas de perros.
Según se desarrolla la sociedad y surgen nuevas necesidades, van apareciendo coberturas que un tiempo atrás no hubieras necesitado. Además el paso del tiempo también te hace tener otras expectativas y otras formas de ver la vida.
Puede que pienses que tú nunca cambiarás. Pero tu vida y las circunstancias que te rodean, si. Por ejemplo, el hecho de que seas un amante de los deportes al aire libre o que te guste viajar está en tu ADN. Eres así. Y cuando nadie depende de ti, valoras más una serie de cosas.
Pero cuando tienes familia, hijos, un hogar y un proyecto en común con otra persona, el eje de tu vida ya no está en ti. Se ha desplazado. Y seguirás siendo el mismo amante de los deportes al aire libre y de los viajes. Pero con nuevos valores.
Y uno de esos puede ser la tranquilidad. Esta es un bien intangible. No la puedes tocar pero si sentirla. Y la tranquilidad suele ser consecuencia, entre otras, de la seguridad. Puede que hace tiempo, si te hablaban de tener un seguro de vida o un seguro de accidentes te echarías a reír. Si ya no te parece una idea tan descabellada te interesará conocer en que se diferencian.
Seguro de accidentes
Los seguros de accidente tienen un marcado sentido familiar. El objeto de estos productos es ofrecer apoyo económico en caso de accidente y de que como consecuencia de dicho accidente los ingresos en la familia se paralicen temporal o definitivamente.
Normalmente tienen una serie de garantías básicas que van desde invalidez permanente parcial y absoluta, hasta la asistencia personal, asistencia en viaje y fallecimiento. También añaden servicio de gestoría, adelanto de los gastos del sepelio en caso de fallecimiento.
Opcionalmente puede contratarse coberturas de hospitalización por accidente, cirugía estética, capitales adicionales en las indemnizaciones en algunos casos, asistencia sanitaria, ayuda en el pago de la cuota de autónomos, etc
El tratamiento fiscal de las indemnizaciones suele ser el siguiente: en caso de fallecimiento se tributa por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones y en caso de de invalidez, por el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, como rendimiento del capital mobiliario.
En el resto de situaciones será en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, pero como ganancia patrimonial y la cobertura de asistencia sanitaria, está exenta de tributación.
Seguro de vida
Está encaminado también a proteger la solvencia económica de la familia. No sólo cubren el fallecimiento, hay algunas pólizas que te facilitan un anticipo del capital asegurado en determinados supuestos de invalidez, incapacidad o pérdida de autonomía.
También te dan la opción de que en caso de enfermedad grave puedas contar con una segunda opinión médica.
En cuanto a la fiscalidad, durante la vigencia del seguro, no existe ninguna repercusión. Será en el momento del cobro de la indemnización cuando se tribute. Si es por fallecimiento será en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. En caso del anticipo del capital asegurado, serán rendimientos de capital mobiliario en el IRPF.
Diferencias
Actualmente, las compañías aseguradoras están ampliando no sólo la gama de productos. También, dentro de un mismo producto amplían las garantías, y en ocasiones parece que son iguales o se solapan. Por eso pueden parecerte siempre el mismo producto. Verás que no es así.
El fallecimiento y la invalidez permanente por cualquier causa, está cubierto por el de vida. Por este motivo también la prima suele ser más alta en los seguros de vida.
En algunas pólizas de accidentes puedes contratar la garantía complementaria de fallecimiento e invalidez permanente por infarto de miocardio o accidente cerebro-vascular. Mientras que la póliza de accidentes será la que te cubra la invalidez parcial por un incidente.
El seguro de accidentes ofrece la opción de la asistencia sanitaria y la hospitalización por accidente, dependiendo de las coberturas. Mientras, el seguro de vida te facilita la segunda opinión médica por enfermedad grave.
Ten en cuenta que durante 2013 se comunicaron 162.401 accidentes y se dieron 294 millones de euros en indemnizaciones, según datos de Unespa.
Dependiendo de tu economía, te puede interesar contratar ambos, ajustando las primas a distintos capitales asegurados. Pero, si no puedes tener un seguro de accidentes y un seguro de vida, lee bien sus características y piensa cuál es el que se adapta a tu estilo de vida y las necesidades de tu familia.