Seguros de caución. Contratos con red de protección

Seguros de caución. Contratos con red de protección

¿Dónde está Pernambuco? ¿Qué significa el refrán en casa del herrero, cuchillo de palo? Pasamos toda nuestra vida utilizando frases que son un misterio, de menor o mayor importancia, y que nunca tenemos tiempo o ganas de resolver.

Pues bien, hoy no vamos a hablar ni de Pernambuco, ni de casas de herrero y cuchillos de palo. Pero sí que vamos a intentar arrojar luz sobre un tipo de seguros del que muchos habrán oído hablar pero no conocen exactamente su significado y aplicación. Centrándonos sobre todo en el mundo empresarial, vamos a resolver la siguiente pregunta: ¿Qué son los seguros de caución?

¿Imaginan un equilibrista sin red? No, ¿verdad? Pues esa red, para la actividad de las empresas y profesionales es el seguro de caución, y el equilibrista la empresa o el profesional claro. Dejando las metáforas de lado, vamos con la definición: un seguro de caución o de garantía es un contrato por el cual el asegurador se obliga a indemnizar al asegurado por los perjuicios que sufra en caso de que el tomador incumpla las obligaciones acordadas con éste.

En España, la ley de contrato de seguro, que data de 1980, registra este tipo de producto y detalla su significado: “Por el seguro de caución el asegurador se obliga, en caso de incumplimiento por el tomador del seguro de sus obligaciones legales o contractuales, a indemnizar al asegurado, a título de resarcimiento o penalidad, los daños patrimoniales sufridos, dentro de los límites establecidos en la Ley o en el contrato. Todo pago hecho por el asegurador deberá serle reembolsado por el tomador del seguro». Dicho de otra manera, el seguro se ocupa de resolver la situación en caso de incumplimiento del acuerdo por parte del contratante.

El seguro de caución tiene una gran relevancia en el mundo empresarial como una forma de garantizar un acuerdo entre partes, de igual manera que lo puede hacer un aval. De hecho, su contratación es necesaria cuando una empresa firma un contrato con una administración pública o un organismo público, ya que sirve para proteger a estos últimos ante los imprevistos o errores que puedan ocurrir.

 

Su gran peculiaridad

La gran peculiaridad del seguro de caución es que, aunque parezca contradictorio, no beneficia directamente al tomador del seguro sino a su socio, que se convierte en asegurado. Se suscribe cuando una de las partes de un contrato exige a la otra una garantía de cumplimiento de las obligaciones que ha contraído. Así, en caso de incumplimiento, la aseguradora se hace cargo de las indemnizaciones correspondientes para la parte perjudicada dentro de los límites que se hayan acordado con anterioridad.

Otra diferencia con respecto a los seguros tradicionales es que en éstos normalmente existen sólo dos partes implicadas –asegurador y asegurado- mientras que en el caso de los seguros de caución no hay dos sin tres.

 

Diferencias con los avales bancarios

Decíamos antes que este tipo de seguros actúan de la manera en la que lo hace un aval, pero eso no quiere decir que sean lo mismo. Existen varias diferencias con respecto a los avales bancarios en factores como el servicio que se presta y el precio. El Seguro de Caución no consta como riesgo en la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE), lo cual permite disponer de más líneas de crédito en entidades financieras. La banca, además, suele exigir garantías adicionales (por ejemplo, inmovilizaciones en la cuenta del cliente, pignoración de depósitos, etc.), algo que no suele ocurrir en el caso de la contratación de este seguro con las compañías aseguradoras.

Por último, y aunque hemos centrado este post en el mundo de la empresa, señalaremos también que los seguros de caución pueden también cobrar sentido en el caso de los particulares, como en el mundo de la promoción inmobiliaria. Gracias a él numerosas personas se garantizan las cantidades que entregan por anticipado para la construcción de viviendas, curándose en salud en caso de que la obra no se inicie o la vivienda no se entregue en el plazo convenido. El tomador, claro está, sería el promotor inmobiliario, encargado de contratar este seguro, y el asegurado sería el comprador de la vivienda. Como se ve es un seguro que mantiene a las empresas y particulares a cubierto en transacciones económicas, facilitando el comercio y la actividad empresarial.