Seguros de embarcaciones de recreo: disfrutar del mar sin preocupaciones y cumpliendo la Ley

Seguros de embarcaciones de recreo: disfrutar del mar sin preocupaciones y cumpliendo la Ley

El verano es una estación ideal para disfrutar del mar de mil maneras distintas y todas ellas muy deseables. Y las más deseadas suelen practicarse con una embarcación de los cientos de tipos que hay.

¿Tienes la suerte de tener en propiedad una embarcación de recreo o estás pensando en hacerlo? Si es así sigue leyendo, porque este post te va a interesar; si no sigue leyendo también, por si tienes un amigo o conocido con barco en la costa al que visitas por que “pasabas por la zona”.

Vamos a hablar de los seguros de embarcaciones de recreo. Como cualquier otro tipo de vehículo es obligatorio, según la legislación española, que los marítimos, desde un velero (siempre que tenga al menos seis metros de eslora) a una moto de agua, cuenten con un seguro obligatorio de embarcaciones españolas que cubra la responsabilidad civil derivada de la navegación de la embarcación o estando las mismas atracadas, etc. de no hacerlo, los infractores podrían exponerse a multas elevadas contra la seguridad marítima que pueden llegar hasta los 180.000€. Así que pocas bromas con eso.

El seguro obligatorio para embarcaciones de recreo -como ocurre con otros seguros de obligada suscripción- cubre la responsabilidad civil respecto a posibles daños, tanto materiales como personales, y los perjuicios causados a terceros, en este caso mediante el uso de la nave. Da igual que el medio de transporte/ocio sea un barco a vela, una lancha a motor, de tipo neumático, rígido o semirrígido.

Como indica el Ministerio de Fomento, este seguro cubre las lesiones corporales, la muerte o los daños materiales producidos a terceras personas, así como las pérdidas económicas que se deriven de cualquiera de los supuestos anteriores. También incluye los daños originados a buques, incluso aunque no se produzca la colisión con ellos.

Las embarcaciones que participen en competiciones deportivas, como pueden ser las regatas, deben también suscribir otro seguro obligatorio, que les ampare no sólo durante el desarrollo de la prueba sino durante las sesiones de preparación o entrenamiento para la misma. Este seguro es complementario del anterior.

Hay que decir además que no sólo los propietarios de naves españolas deben suscribir el seguro de responsabilidad civil, sino cualquier dueño de una embarcación que vaya a navegar por nuestras aguas, sea de la nacionalidad que sea el propietario y la embarcación.

 

Para estar más seguro…

Más allá de esta obligación, queda al libre albedrío del dueño la suscripción de otras garantías. Algunas de ellas se antojan importantes, como la cobertura de daños propios de la embarcación. Esta se encarga de cubrir desde casos de robo o pérdida de la nave hasta los daños parciales que se puedan sufrir. Algunas aseguradoras también contemplan el robo de accesorios del medio de transporte marítimo por separado, como sería el caso del motor si lo hubiese.

También se puede contar con una cobertura de accidentes personales, que contempla los gastos médicos o incluso por invalidez o fallecimiento de las personas que viajen en la embarcación. Siempre, eso sí, que el accidente se produzca a bordo de la misma.

Otras garantías que se pueden suscribir son la de asistencia en viaje, tanto para el personal del barco como para los pasajeros, o la de protección jurídica, que asegura la defensa de los intereses del asegurado y le ofrece asesoría. Así, sumando una tras otra cobertura, se llega a ofrecer prácticamente un seguro a todo riesgo.

 

La imaginación, al poder

Las compañías, por su parte, no dejan de innovar para ofrecer coberturas más amplias, ventajas y bonificaciones a los clientes con el fin de que estos se decanten por su oferta. Desde integrar la cobertura en competiciones deportivas en el seguro sin coste adicional, hasta ofrecer descuentos en el precio de la póliza como premio a la no siniestralidad; desde ampliar la zona sobre la que tiene efecto el seguro hasta mantener las condiciones del seguro en el caso de que la embarcación se alquile a otras personas.

 

La oferta, como siempre, es muy amplia, y por suerte eso suele redundar en una mejor oferta para el cliente que tiene a su disposición la cobertura adecuada a su caso concreto. Si ahora, además de la información necesaria, tenéis el presupuesto y las ganas de haceros con una embarcación de recreo, puede ser un buen momento para echaros a la mar. Con la garantía, eso sí, de estar correctamente asegurados, y si tenéis dudas consultar con un agente profesional de seguros, os prestará un buen servicio.