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Es el conjunto o parte del edificio destinado a vivienda, así como las dependencias anexas:
No se considera continente en ningún caso:
Mobiliario y Enseres: Conjunto de bienes muebles que forman parte del equipamiento de la vivienda y objetos de uso ordinario de las personas que viven en ella de forma habitual:
Bienes con un valor unitario, individual o del conjunto de objetos que constituyan una colección o juego, superior a 3.000 euros. En concreto:
No se considera incluido en el seguro cualquier objeto de valor unitario superior a 6.000 euros que no haya sido declarado de forma separada y con imputación de su valor en las condiciones particulares.
El capital asegurado para estos bienes se considera a valor total.
No tienen consideración de obras de arte y objetos especiales:
Si tu comunidad dispone de un seguro -como GENERALI Comunidades- sólo deberías asegurar el Continente a Primer Riesgo, además del contenido y la Responsabilidad Civil.
Sí, a través de garantías fuera de la vivienda.
Si resides en una vivienda alquilada también necesitas un buen seguro, pero solo debes contratar las Obras de Reforma o el Continente a Primer Riesgo, la Responsabilidad Civil y el Contenido.