SERVICIOS

Servicios de los seguros de hogar de GENERALI

En GENERALI velamos por tu seguridad, por eso diseñamos seguros que te ofrecen una gran cantidad de servicios asociados y que te harán la vida más sencilla.

Entra a formar parte de la familia GENERALI y contarás con la experiencia de un líder mundial en el sector de los seguros. Formarás parte de más de los 67 millones de clientes que ya nos han dado su confianza.

Servicios de los seguros de hogar

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servicios tecnológicos integrales
Glosario de términos

Glosario de términos

Consulta el Glosario de términos de GENERALI

Asegurado (usted)

Persona física o jurídica, titular del interés objeto del contrato de seguro.

El asegurado puede coincidir con el tomador del seguro, que es la persona física o jurídica que celebra el contrato de seguro con el asegurador. Si el tomador y el asegurado son personas distintas, las obligaciones derivados del contrato corresponden al tomador, salvo aquellos que por su naturaleza deban ser cumplidas por el asegurado.

Asegurador (nosotros)

Persona jurídica que asume el riesgo pactado en el contrato. En este caso, GENERALI ESPAÑA, S.A. de Seguros y Reaseguros.

Beneficiario

Es la persona física o jurídica que, previa cesión por usted, resulta titular del derecho a la indemnización.

Bienes asegurados

Son los comprendidos bajo el concepto de Continente y/o Contenido en las Condiciones Particulares de la Póliza, cuando se haya contratado capital para ello. Con los límites indicados en las Condiciones Generales y Particulares de la Póliza, se garantiza su destrucción o deterioro frente a los riesgos que se especifican en estas Condiciones Generales.

Capital asegurado o suma asegurada

La cantidad fijada en cada uno de los conceptos objeto del seguro y que constituye para cada uno el límite máximo de indemnización que pagaremos en caso de siniestro. El capital asegurado, salvo pacto en contrario, corresponderá al valor total de los bienes asegurados. La inexistencia de capital en las Condiciones Particulares para alguno de los bienes asegurables o sus partidas, determina la falta de garantía para dichos bienes o partidas.

Cobertura

Es la prestación que se ofrece en los términos establecidos en la póliza, cuando se produce un siniestro que afecte a cualquiera de las garantías contratadas.

Daños materiales

La destrucción, deterioro o desaparición de los bienes asegurados en el lugar descrito en póliza.

Deshabitación o desocupación

Periodo durante el que no se habita ni pernocta en la vivienda.

Explosión e implosión

Acciones súbitas y violentas de la presión y/o depresión del gas o de los vapores, producidas en el interior o exterior de la vivienda.

Franquicia

La cantidad expresamente pactada que se deducirá de la indemnización que corresponda en cada siniestro.

Hurto

Sustracción de los bienes asegurados, cometida por terceros, sin empleo de fuerza en las cosas ni violencia o intimidación sobre las personas.

Incendio

Combustión y abrasamiento con llama capaz de propagarse de objetos que no están destinados a ser quemados en el lugar y momento en que se produce.

Infraseguro

Situación que se produce cuando el valor del capital asegurado es inferior al valor de reposición a nuevo del objeto asegurado. De producirse infraseguro, podría ser de aplicación la regla proporcional.

Obras menores

Tienen esta consideración las que no afecten a la estructura, aspecto exterior o distribución interior del inmueble o cuyo presupuesto total sea inferior a 50.000€.

Plazo de carencia

Periodo de tiempo posterior al efecto de una garantía en el que queda sin cobertura el siniestro. En esta póliza, sólo se aplica periodo de carencia en la garantía optativa para la vivienda arrendada Impago de alquileres.

Póliza

Es el conjunto de documentos en los que se hacen constar los términos del contrato.

Está formada por:

 

Condiciones Generales.

Condiciones Particulares, que individualizan el riesgo.

Apéndices o Suplementos que se emitan a las mismas.

Solicitud que sirvió de base para la emisión del seguro.

Recibos de prima.

Primer riesgo

Forma de aseguramiento por la que garantizamos un valor determinado hasta el cual queda cubierto el riesgo, con independencia del valor total que pudieran tener los bienes asegurados, sin que sea de aplicación la regla proporcional.

Regla de equidad

Consiste en reducir la indemnización por un siniestro en la misma proporción a la diferencia entre la prima cobrada y la que hubiese correspondido al riesgo real, cuando las características y datos reales del riesgo asegurado no coincidan con las declaradas por usted y eso haya dado lugar a una prima inferior.

Regla proporcional

Consiste en reducir la indemnización por siniestro en la misma proporción en la que el capital sea insuficiente por infraseguro.

Revalorización de capitales

Mecanismo para actualizar cada año los capitales asegurados de continente y contenido. Se puede utilizar un sistema de revalorización de índice variable en función de las variaciones que experimente el Índice de Precios al Consumo (IPC) que publica el Instituto Nacional de Estadística (INE).

Siniestro

Todo hecho accidental e imprevisto cuyas consecuencias dañosas están total o parcialmente cubiertas por las garantías de la póliza. Consideramos como un solo y mismo siniestro todos los daños materiales y corporales ocasionados que provengan de una misma causa.

Sobreseguro

Situación que se produce cuando los capitales contratados son superiores al valor de los bienes asegurados. En este caso la indemnización no podrá superar al valor de los bienes.

Valor a nuevo

El correspondiente al coste de reposición de los bienes garantizados en el momento anterior a la ocurrencia del siniestro como si fueran nuevos, sin depreciaciones, con materiales de clase, calidad y capacidad operativa similares.

Valor real

Es el resultado de aplicar al valor a nuevo de los bienes garantizados en el momento anterior a la ocurrencia del siniestro, las oportunas deducciones según su antigüedad, grado de utilización, estado de conservación, etc.

Valor total

Forma de aseguramiento en la que el capital contratado en la póliza debe coincidir con el valor de la reposición completa de los bienes asegurados, pudiendo ser de aplicación la regla proporcional en caso de insuficiencia de capital.

 

Descubre los seguros de hogar de GENERALI

Hemos diseñado los seguros de hogar de GENERALI para hacerte la vida más fácil. Te damos acceso a una gran variedad de servicios, como el de Asistencia en el hogar, mediante el cual te envíamos reparadores cualificados, o te ponemos en contacto con organismos judiciales u otras entidades especializadas en ciertas materias, según las garantías de tu seguro.

 

Es decir, nosotros nos ocupamos de todo para que en caso de tener un problema podamos gestionar su solución lo antes posible.

 

Además, al contratar un seguro con GENERALI, contarás con el área privada de clientes MI GENERALI , donde podrás visualizar, consultar y gestionar tus seguros, y si es necesario, comunicar un problema y poder hacer un seguimiento sobre la resolución del mismo cómodamente y de manera online.

Consorcio de compensación de seguros

Al estar asegurado con GENERALI, si tienes un problema a causa de un riesgo extraordinario contarás con la ayuda del Consorcio de Compensación de Seguros

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